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Piden nuevo código rural en Santa Fe

El actual Código Rural de la provincia data de 1901, por eso los diputados Lagna y Monti presentaron un proyecto de ley para dictar uno nuevo.

El actual Código Rural de la provincia data de 1901, por eso los diputados Lagna y Monti presentaron un proyecto de ley para dictar uno nuevo.
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Los diputados justicialistas Jorge Lagna y Alberto Monti dieron ingreso al proyecto de ley para dictar un nuevo Código Rural en la provincia de Santa Fe. Este proyecto tiene por finalidad constituir el conjunto orgánico y sistemático de normas jurídicas para regular la actividad agraria en toda la provincia. Los autores aclaran que la finalidad esencial es orientar, promover y regular la explotación agropecuaria en cualquiera de sus especializaciones de los recursos naturales renovables y la preservación del medio ambiente.

El Código Rural santafesino data de 1901, por lo que resulta imprescindible actualizarlo. Los autores realizan modificaciones originadas en la evolución de algunos conceptos desconocidos en ese periodo y de esta manera ponen a discusión el texto básico que recibió media sanción de la Cámara de Diputados en 2003, iniciativa del peronista Carlos Bermúdez y los demoprogresistas Carlos Favario y Miguel Bullrich, con precedentes en sendos proyectos de las ex diputadas Nelly Carreras (UCR) y Zulema Merino (PDP). El proyecto actual aborda las temáticas relacionadas a las explotaciones agropecuarias como Propiedad Fundaria, Propiedad Forestal, Ganado, Fauna y Flora, Policía Sanitaria, y se dispone la creación de un Registro de Empresarios Agrarios.

A diferencia del texto con media sanción en 2003, los autores eliminaron los capítulos de Unidad Agraria debido a que la Legislatura por vía separada sancionó una ley que, por un lapso de dos años, puedan llevarse adelante las divisiones de inmuebles rurales en fracciones inferiores a la unidad económica para aquellos fundos que, al momento de promulgarse la norma, estén inscriptos en condominios o que se encuentren en proceso sucesorio del que derive la adjudicación en condominio. Además se suprimió el referido a Sanidad Vegetal, también con media sanción, a partir de la iniciativa de la ex diputada Laura Venesia, presentado el año pasado, y el de irrigación, al ser éste uno de los temas del Código de Aguas. Los legisladores definen “por actividad productiva agraria” a la industria genética consistente en el desarrollo de un ciclo biológico, vegetal o animal, ligado directa o indirectamente al disfrute de las fuerzas o recursos naturales. Ella consiste en el cultivo de vegetales, comprendida la silvicultura, la cría, mejora o invernada de toda especie animal y las actividades conexas.

Asimismo, se incorpora respecto de proyectos anteriores el concepto de “producción sostenible”, que identifica a los sistemas de producción que tienen como principal característica la aptitud de mantener su productividad y ser útiles a la sociedad indefinidamente.

Por lo tanto, los sistemas de producción sostenibles deben reunir, como mínimo: conservar los recursos productivos, preservar el medio ambiente, responder a los requerimientos sociales y ser económicamente competitivos y rentables. De esta manera se cubren las exigencias básicas sobre los aspectos ecológicos del sector agropecuario y los requisitos de mercado de garantizar una oferta de alimentos sanos y seguros.

 

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