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Piden reglas claras para la industria de biocombustibles

La norma actual determina que el biodiesel y el etanol se comercializará en el mercado interno con precios fijados por el gobierno nacional. Esto quita incentivos para invertir en el sectr. Por el momento todos los proyectos en marcha son para exportación. A partir de 2010 el uso de biocombustible será obligatorio en el mercado local.

La norma actual determina que el biodiesel y el etanol se comercializará en el mercado interno con precios fijados por el gobierno nacional. Esto quita incentivos para invertir en el sectr. Por el momento todos los proyectos en marcha son para exportación. A partir de 2010 el uso de biocombustible será obligatorio en el mercado local.
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Por Infocampo

En diálogo con Dinámica Rural (Radio Belgrano AM 950) el titular de Asociación de La Cadena de la Soja Argentina (Acsoja), Rodolfo Rossi, resaltó ayer la necesidad de establecer reglas claras para planificar las políticas de biocombustibles en Argentina.

âVemos que otros países, como EE.UU. y Brasil, trabajan con incentivos en la incorporación de productores al mercado de biocombustibles, cosa que aquí no se pudo establecerâ, dijo Rossi.

En enero de 2005 Brasil sancionó la Ley Nacional N° 11.097, que dispuso los parámetros de introducción de este biocombustible en la matriz energética del vecino país. Entre 2005 y 2007, la normativa dispuso que el uso de la mezcla de 2% de biodiesel (B2) al diesel se permitía mediante una autorización de las autoridades energéticas brasileñas. Pero entre 2008 y 2012, la adición de B2 será obligatoria en todo el territorio nacional. Y a partir de 2013 el volumen de adición obligatorio será elevado al 5%.

El Programa Nacional de Produccion e Uso de Biodiesel (PNPB) vigente en el vecino país dispone de una serie de incentivos fiscales oreintados a promover la actividad (ver www.biodiesel.gob.br).

El titular de Acsoja además remarcó que el hecho que los inversores no sepan a qué valores van a poder comercializar el biodiesel y el etanol es “una falta de seguridad jurídica”.

En la Argentina, la Ley N° 26.093 dispone a partir de 2010 el uso obligatorio de un corte de 5% bioetanol en naftas y de 5% de biodiesel en gasoil. Si bien la Ley de Biocombustibles local dispone de incentivos fiscales para la actividad, la norma que reglamentó dicha ley estableció que la comercialización de biocombustibles por parte de las empresas promocionadas se realizará a los precios que fije la autoridad de aplicación.

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