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Los decretos de Milei: la agricultura familiar, campesina e indígena dependerá de Capital Humano

Entre las primeras decisiones formales del nuevo Presidente, el Instituto Nacional de Agricultura Familiar, que reportaba de manera directa a Jefatura de Gabinete, ahora estará bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano.

Agricultura familiar
infocampo
Por Infocampo

Un total de 13 decretos publicados en las primeras horas de Gobierno del presidente, Javier Milei constituyen el inicio formal de actividades de su gestión.

Se trata en general de las normativas que disponen la nueva estructura que tendrá el Estado argentino, con solo nueve Ministerios, según el siguiente detalle:

  • Del Interior
  • De Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto
  • De Defensa
  • De Economía
  • De Infraestructura
  • De Justicia
  • De Seguridad
  • De Salud
  • De Capital Humano

AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA

En este marco, en el decreto 8/2023 que modifica la Ley de Ministerios, precisamente para formalizar este nuevo organigrama, una de las novedades tiene que ver con el Instituto Nacional de la Agricultura Familiar, Campesina e Indígena.

Hasta ahora, era un organismo que dependía de manera directa de la Jefatura de Gabinete.

Según las nuevas pautas de funcionamiento establecidas por el Gobierno, ahora pasará a reportar al nuevo Ministerio de Capital Humano, que estará a cargo de Viviana Pettovello.

Lo mismo sucede con otro organismo que suele incidir en aspectos vinculados a la producción primaria y agroindustrial de baja escala, como el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES).

LAS FUNCIONES “AGROPECUARIAS” DE ECONOMÍA

Por otro lado, el decreto confirma que todo lo vinculado a la producción agropecuaria y agrindustrial estará bajo la órbita del Ministerio de Economía, comandado por Luis ‘Toto’ Caputo, donde funcionará la Secretaría de Bioeconomía, con Fernando Vilella al frente.

Entre otras funciones relacionadas al agro, el Ministerio de Economía debe:

  • Entender en la elaboración, aplicación y fiscalización de los regímenes de promoción y protección de actividades económicas e industriales y de los instrumentos que los concreten; así como de los relativos a productos primarios de la agricultura, la ganadería, forestales y de la pesca, incluida su transformación.
  • Promover estrategias que mejoren las condiciones de acceso a los mercados de los productos agropecuarios, en coordinación con las demás áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.
  • Entender en la ejecución de políticas, programas y planes de producción, comercialización, tecnología y calidad en materia de productos primarios provenientes de la agricultura, la ganadería y la pesca, incluida su transformación.
  • Entender en el otorgamiento de las certificaciones oficiales de calidad, de los cupos o cuotas de los productos destinados a la exportación y/o mercado interno vinculados con su competencia.
  • Promover la apertura y reapertura de los mercados internacionales para el sector de la agricultura, la ganadería y la pesca en materia de su competencia, participando en la elaboración de estrategias para la solución de controversias, en todo lo referido al acceso de estos productos en los mercados externos, en el ámbito de su competencia.
  • Entender en la elaboración de políticas, objetivos y acciones atinentes al desarrollo y competitividad de las economías regionales, con la inclusión de los productores agropecuarios, en el ámbito de su competencia.
  • Generar propuestas para el fortalecimiento coordinado de las economías regionales en el marco del Consejo Federal Agropecuario.
  • Entender en el diseño e implementación de políticas y programas para el tratamiento de la emergencia y/o desastre agropecuario.
  • Entender en la fiscalización sanitaria de la producción agropecuaria, forestal y pesquera, así como en la normatización, registro, control y fiscalización sanitaria, de inocuidad y calidad agroalimentaria, en el ámbito de su competencia.
  • Entender en la tipificación, certificación de calidad y normalización para la comercialización de los productos primarios de origen agropecuario, forestal y pesquero, incluida su transformación.
  • Entender en la defensa fito y zoosanitaria de fronteras, puertos, aeropuertos y en la fiscalización de la importación de origen agropecuario, forestal y pesquero como así también en el monitoreo de las negociaciones sanitarias y fitosanitarias, junto con el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).
  • Entender, en el ámbito de su competencia, en lo referido a la coordinación de las acciones de las Consejerías Agrícolas de la República Argentina en el exterior, en coordinación con las distintas áreas competentes.

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