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Rige la conciliación obligatoria en el conflicto de los trabajadores del Senasa

La Disposición 13 de la Dirección de Análisis Laboral del Sector Público, además, citó a las partes a una audiencia para el viernes 10 de julio.

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El Ministerio de Trabajo de la Nación dictó la conciliación obligatoria, por 15 días, a partir del día 3 de julio último, en el conflicto suscitado entre los trabajadores nucleados en la Asociación Trabajadores del estado (ATE) y el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), tras enmarcar la situación en la Ley 14.786.

Además, la Disposición Nº 13 de la Dirección de Análisis Laboral del Sector Público (DALSP) intimó a la entidad sindical “a dejar sin efecto (…) toda medida de acción directa” y al Senasa a “abstenerse de tomar represalias” contra el personal en relación al diferendo durante el mencionado lapso de 15 días.

Asimismo la DALSP citó a las partes a una audiencia el próximo viernes 10 de julio a las 11 horas en su sede de Leandro N. Alem 628 3 Piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En caso que alguna de las partes no acataren la conciliación obligatoria se harán pasibles de “las sanciones contempladas en el Anexo II de la Ley 25.212”, indica la mencionada Disposición Nº 13.

El Ministerio de Trabajo de la Nación exhortó “a las partes en conflicto a mantener la mejor predisposición y apertura para negociar los temas sobre los cuales mantienen diferencias y contribuir, de esa manera, a la paz social y a mejorar el marco de las relaciones laborales”.

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