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Se oficializó finalmente la ampliación del biotipo Hilton

Ahora podrán exportarse al mercado comunitario cortes de vaquillonas y novillitos en el marco de la cuota de 28.000 toneladas anuales de carne de alta calidad con destino a la Unión Europa.

Ahora podrán exportarse al mercado comunitario cortes de vaquillonas y novillitos en el marco de la cuota de 28.000 toneladas anuales de carne de alta calidad con destino a la Unión Europa.
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Por Infocampo

En 30 días comenzará a regir un nuevo reglamento técnico para producir hacienda con destino a cuota Hilton. Así lo determina la resolución 128/07 de la SAGPyA, publicada hoy en el Boletín Oficial.

La principal novedad incorporada por la resolución es que se podrán exportar cortes provenientes de las categorías livianas (novillitos y vaquillonas). El nuevo biotipo Hilton fue aprobado por las autoridades de la Unión Europea y comenzó a regir a partir del 1 de enero de 2007.

âVaquillonas y novillitos, cualquiera sea su peso, se podrán exportar ahora, siempre y cuando provengan de establecimientos habilitadosâ, indicó hoy a Infocampo Juan Carlos Batista, director de Calidad Agroalimentaria del Senasa.

El biotipo originario comprendía animales de 22 a 24 meses de edad y con un peso no superior a 460 kilos al momento de la faena, entre otros aspectos. Pero esta definición quedó obsoleta en función de los avances tecnológicos que registró la producción ganadera en las últimas dos décadas.

Por otra parte, la resolución 128/07 de la SAGPyA establece que los animales deberán ser alimentados con pasturas desde el destete y que âno se criarán bajo ningún tipo de confinamiento o encierro en establos con fines de alimentación, salvo por razones climáticas excepcionales (inundaciones o sequías)â.

La resolución indica que âla carne vacuna de calidad superior se obtendrá de animales mantenidos en establecimientos agropecuarios autorizados que cumplan con las condiciones de producción determinadas y verificadas por el Senasa (…) con vistas a la producción de carne vacuna de calidad superior con destino a la Unión Europeaâ.

Y añade que âsólo se podrá autorizar a aquellos establecimientos en los cuales los animales sean engordados exclusivamente con pasturas desde su desteteâ.

El reglamento también menciona âun establecimiento de engorde aprobado para la Unión Europea podrá recibir animales de otro establecimiento de engorde aprobado para la Unión Europea, siempre que dichos animales hayan nacido y sido criados en este últimoâ.

âUn establecimiento de engorde aprobado para la Unión Europea podrá también recibir animales provenientes de otros establecimientos, siempre que estos últimos hayan sido aprobados por el Senasa como establecimientos proveedores para el establecimiento de engordeâ, añade.

La norma dispone que el traslado de los animales sólo tendrá lugar luego de la colocación de las caravanas en el establecimiento proveedor. âHasta el momento en que la identificación individual de todos los animales de la Republica Argentina esté plenamente implementada, el propietario del establecimiento proveedor deberá prestar declaración jurada de que todos los animales involucrados nacieron en sus instalacionesâ, indica la norma.

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