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El Acuerdo Mercosur-UE arranca mañana y el Gobierno reglamentó los cupos de exportación

A través de dos resoluciones de la Secretaría de Agricultura, la Casa Rosada estableció los marcos normativos que se utilizarán para la gestión de los contingentes arancelarios tanto para exportar como importar alimentos hacia y desde la Unión Europea.

infocampo

El día tan esperado para las cadenas agroindustriales de gran parte de Sudamérica y Europa, luego de más de dos décadas de negociaciones y numerosas idas y vueltas, está por llegar: en las próximas horas, puntualmente a partir del primer minuto de este viernes 1° de mayo, se pondrá en marcha el Acuerdo de Libre Comercio entre el Mercosur y la Unión Europea.

Esto sucede luego de que el Congreso de Argentina, así como también los parlamentos de las otras naciones del Mercosur, ratificaran su adhesión a este pacto, a la vez que el planteo judicial que queda pendiente dentro del Tribunal Europeo no impide su aplicación.

En ese marco, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGYP) de la Nación dio a conocer este jueves un dato formal clave: publicó en el Boletín Oficial dos resoluciones que establecen los marcos normativos que regirán para gestionar los contingentes arancelarios y los cupos en Argentina tanto para la exportación como para la importación de alimentos hacia y desde el viejo continente.

Se trata de la resolución 50/2026, que establece los parámetros para numerosos productos agropecuarios como lácteos, arroz y carnes (menos la bovina), entre otros; y de la 53/2026 que es específica para la carne bovina, alineando los nuevos cupos del acuerdo con los que rigen dentro de la denominada “cuota Hilton”.

DEL MERCOSUR A EUROPA: LOS CUPOS 

En un comunicado, la SAGYP recordó que la UE otorgó 21 cuotas para diferentes productos agroindustriales del Mercosur, “abriendo nuevas oportunidades que consolidan a la UE como un socio comercial estratégico, a través de exportaciones de alto valor agregado realizadas por numerosas empresas argentinas altamente integradas en este flujo comercial”.

Entre las cuotas otorgadas se destacan las de carne bovina fresca y congelada; carne aviar y carne porcina (cuya apertura sanitaria se encuentra en negociación), ajos, ovoproductos, miel, arroz, azúcar, maíz y sorgo; etanol y productos lácteos.

En sentido inverso, el Mercosur concedió a la UE 11 contingentes arancelarios, de los cuales cuatro serán permanentes (quesos, ajos, leche maternizada y leche en polvo) mientras que otros siete (chocolates y tomates envasados) se transformarán en libre comercio después de los 10 o 14 años -según el caso- de aplicación del Acuerdo. El proceso estará sujeto a un licenciamiento previo para el ingreso al territorio argentino.

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Las toneladas otorgadas para cada producto, tanto para exportar como para importar, pueden observarse en los anexos de ambas resoluciones. 

“El Acuerdo Mercosur-UE constituye un hito en el comercio entre ambos bloques, al crear un marco regulatorio común que brinda previsibilidad, promoviendo así las inversiones en las cadenas productivas al tiempo que liberaliza el 84% de los aranceles de las exportaciones de los productos agroindustriales del Mercosur y establece cuotas o preferencias fijas para casi el total de los productos restantes, mejorando así el acceso al mercado europeo”, completó la Secretaría.

LAS RESOLUCIONES DE LA SAGYP

Resolución 50/2026

Se divide principalmente en dos ejes: la administración de las concesiones otorgadas por la Unión Europea al Mercosur y las otorgadas por el bloque regional a Europa, abarcando todos los productos de origen agropecuario, con la excepción de las cuotas de carnes vacunas, que cuentan con su propio régimen (establecido en la resolución 53).

En este marco, para las importaciones provenientes de la Unión Europea, se aprueban los modelos de Licencia de Importación necesarios para que el flujo comercial resulte operativo bajo los beneficios arancelarios del acuerdo
.
El nuevo régimen busca eliminar obstáculos burocráticos y garantizar la transparencia mediante la interoperabilidad entre agencias estatales.

Para ello, se utilizarán las siguientes herramientas tecnológicas:

  • SIACE: El Sistema de Administración de Cuotas de Exportación será el encargado de gestionar los cupos que Argentina tiene la potestad de administrar
  • SACME y SACIM: Sistemas informáticos de la Secretaría del MERCOSUR para la tramitación de certificados de exportación y licencias de importación
  • VUCEA: La Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino centralizará la información y evolución de los contingentes para facilitar el acceso a todos los interesados
  • Sistema Malvina (S.I.M.): Se integrarán las licencias y permisos para su validación automática a través de la Dirección General de Aduanas (ARCA)}

En la mayoría de los productos, por ahora el criterio de los cupos será el de “primero llegado, primero servido”, hasta tanto se defina si se hace alguna distribución de cuotas similar a la de la Cuota Hilton de la carne bovina o a algunos contingentes de lácteos, azúcar o maní a diversos destinos.

Resolución 53/2026

Establece el marco normativo para la gestión de nuevos cupos de exportación de carne vacuna, alineando el sistema con el que rige para la Cuota Hilton.

Precisamente, la nueva normativa modifica una Resolución anterior (N° 242/25) para integrar los lineamientos de los dos contingentes de carnes bovinas (enfriadas y congeladas) abiertos por el tratado.

Los puntos más destacados incluyen:

  • Alineación con la “Cuota Hilton”: La resolución determina que las normas para estos nuevos cupos seguirán los lineamientos ya establecidos para la tradicional “Cuota Hilton” de cortes vacunos deshuesados de alta calidad
  • Gestión y Asignación: Se aprueban las normas generales para la asignación y gestión de estos contingentes, asegurando un marco jurídico claro para los exportadores
  • Nuevo Certificado de Autorización: Se oficializa el modelo del “Certificado de Autorización de Cupos Mercosur”, disponible tanto en español como en inglés, requisito indispensable para tramitar las exportaciones bajo este beneficio arancelario
  • Vigencia: Las nuevas reglas operativas para estos contingentes (Sección B del Anexo I) comenzarán a regir de manera inmediata a partir del 1 de mayo de 2026

Por último, la resolución también aclara que los parámetros para la asignación de la Cuota Hilton tradicional (Sección A del Anexo I) se mantendrán vigentes por cuatro años: puntualmente, para los ciclos comerciales que van desde el 1 de julio de 2026 hasta el 30 de junio de 2030.

 

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