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Agroindustria distribuyó 26.679,15 toneladas de la Cuota Hilton

Quedó entre 31 frigoríficos y 19 asociaciones de productores.

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Por Infocampo

El Ministerio de Agroindustria de la Nación distribuyó 26.679,15 toneladas de cortes enfriados bovinos sin hueso, de calidad superior, denominado Cuota Hilton que se exportarán a la Unión Europea  para el período comprendido entre el 1 de julio de 2017 y el 30 de junio de 2018, entre 31 frigoríficos y 19 grupos de productores. 

En junio de 2017 se estableció que el Ministerio de Agroindustria sería la Autoridad de Aplicación del cupo de Cuota Hilton, quedando así a cargo de  su distribución y asignación.

Ahora, “teniendo en cuenta el tiempo que conlleva la evaluación de las solicitudes presentadas por los interesados, y con el objeto de asegurar un flujo continuado de las exportaciones”, el Ministerio dispuso autorizar con carácter excepcional la exportación de anticipos del cupo a quienes cumplieran con los requisitos exigidos.

“Se torna conveniente autorizar a partir del 1 de octubre de 2017 a aquellos operadores que – resultando adjudicatarios –, hubieren alcanzado al menos un 70% de ejecución del cupo (certificado), contados a partir del 1 de julio de 2017, a hacer uso efectivo del saldo de toneladas disponible, indica la Resolución 271 publicada hoy en el Boletín Oficial.

Entre los solicitantes, hay grandes empresas y también grupos de productores y asociacione. “Con el objeto de mantener el equilibrio entre ambas categorías, el saldo disponible se destinará en un 90% a los adjudicatarios de la Categoría Industria y un 10% a los adjudicatarios de la Categoría Proyectos Conjuntos. Dicha división se mantendrá hasta el momento en que la Autoridad de Aplicación verifique de oficio el grado de cumplimiento de los beneficiarios al 1 de febrero de 2018”, establece la norma .

“Habida cuenta que los grupos de productores y asociaciones de criadores englobados en la Categoría Proyectos Conjuntos difieren de la Categoría Industria en escala, origen de hacienda y otras características propias de su funcionamiento, se estima conveniente que los volúmenes a reasignar en dicho caso, se realicen en base a módulos de exportación”, agrega.

En tanto, las toneladas que se habiliten en el marco de la redistribución de los beneficiarios de la Categoría Industria, no podrán superar el promedio mensual certificado con arreglo al presente ciclo comercial.

El Ministerio verificará el grado de cumplimiento de los adjudicatarios al 1 de febrero de 2018, por lo que aquellos beneficiarios que no hubieren exportado al menos el 60% del cupo asignado por la presente medida, perderán la diferencia de tonelaje no exportado.

Asimismo, la Resolución dispone, con el objeto de promover aún más el desarrollo equilibrado de la actividad cárnica dentro del territorio del país, que el Ministerio  podrá incluir criterios de regionalidad para la asignación del cupo.

El Ministerio de Agroindustria, autorizó, también, a partir del 1 de octubre de 2017 a los adjudicatarios que hubieren alcanzado al menos un 70% de ejecución del cupo (certificado) contados a partir del 1 de julio de 2017, a solicitar cupo adicional.

El tonelaje a asignar en ningún caso podrá exceder el promedio mensual de lo efectivamente certificado durante el presente ciclo, calculado a la fecha en la que efectúe su presentación. En caso que dicho promedio mensual resultare inferior a CINCO TONELADAS (5 t), se asignará este volumen.
Sólo se admitirá una solicitud por mes por adjudicatario; la asignación de cupo adicional en los términos del presente artículo se realizará bajo el criterio “primero solicitado, primero entregado”.

“Las plantas frigoríficas y proyectos conjuntos que al 1 de febrero de 2018 no hubieren certificado al menos el 60% del cupo asignado por la presente resolución, se les descontará proporcionalmente de la asignación, el tonelaje no certificado”, agrega la Resolución.

Por otra parte, el Ministerio desestimó la solicitud de cupo de la firma Matadero y Frigorífico Federal S.A. por incumplimiento de las exigencias previstas en la declaración jurada.

Las exportaciones del cupo deberán llevarse a cabo dentro del período que a tal efecto otorga la Unión Europea a la Argentina. “Aquellas empresas que al 30 de junio de 2018 no hubieren exportado la totalidad del cupo asignado, se le descontará de la asignación que pudiere corresponderles para el próximo ciclo comercial, el tonelaje que no hayan exportado”, indica la Resolución.

Aquí, en Anexos, podrá encontrar las listas de industrias y productores que resultaron beneficiarios.