El gobierno nacional estableció las nuevas pautas del régimen de emisión de cartas de porte para el transporte automotor y ferroviario de granos. Así lo determinó la resolución conjunta 2556/09 Afip y 1173/09 Oncca publicada hoy en el Boletín Oficial.
A partir de ahora, para tramitar las cartas de porte se deberá acceder al ‘Sistema Jauke’, localizado en la página de la Oncca, y optar por el apartado ‘Solicitud de emisión de cartas de porte’.
Según indica la norma, en caso de resultar aceptada total o parcialmente la solicitud on line de la carta de porte, se generará un ‘Código de Emisión Electrónica’ (CEE) que tendrá validez por un plazo de 60 días corridos contados a partir de la fecha de generación de dicho código.
La carta de porte deberá emitirse por cuatro ejemplares: un ejemplar para instalación de destino; uno para el destinatario; uno para el emisor (en caso de no ser el titular de la planta, quedará una fotocopia para este último; y uno para el transportista.
Además, se dispuso la creación de un ‘Código de trazabilidad de granos’ (CGT), que deberá ser consignado en cada carta de porte y que deberá tramitarse en forma previa al traslado de la mercadería.