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El gobierno uruguayo aplicará sanciones a los productores que dañen el suelo

Se castigará a aquellos que, por ejemplo, apliquen herbicidas en caminos y franjas contra los alambrados. Los castigos previstos son la eliminación de los beneficios fiscales vigentes y multas por un monto de hasta el doble de lo pagado en concepto de impuesto inmobiliario rural.

Se castigará a aquellos que, por ejemplo, apliquen herbicidas en caminos y franjas contra los alambrados. Los castigos previstos son la eliminación de los beneficios fiscales vigentes y multas por un monto de hasta el doble de lo pagado en concepto de impuesto inmobiliario rural.
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Por Infocampo

El gobierno uruguayo dispuso la aplicación de sanciones a aquellos empresarios agrícolas que no realicen un adecuado uso del suelo. Los castigos previstos son la eliminación de los beneficios fiscales vigentes y multas por un monto de hasta el doble de lo pagado en concepto de impuesto inmobiliario rural.

Por medio de un decreto firmado por el presidente del vecino país, Tabaré Vázquez, que comenzó a regir a partir de ayer martes, el gobierno uruguayo exigirá a los productores en un plazo de 180 días la presentación de un ‘Plan de Uso y Manejo Responsable del Suelo’ ante el Ministerio de Agricultura.

En ese mismo período (180 días) el Ministerio de Agricultura ‘dará a conocer un manual con las medidas exigibles para todos los cultivos’, según indica el decreto en cuestión.

La norma considera en esquemas de siembra directa ‘prácticas inadecuadas en materia de manejo de suelo y aguas’ a ‘la aplicación de herbicidas en los desagües naturales del terreno y fuera del área del cultivo, como caminos y franjas contra los alambrados; en predios linderos y caminos o rutas de jurisdicción departamental o nacional’.

También se sancionará el ‘pasaje de máquina a favor de la pendiente, provocando fuellado y microrelieves’ y ‘dejar el suelo desnudo luego de la cosecha de cultivo, considerándose a estos efectos como desnudo aquel suelo que presente más de un 20% de la superficie plantada, sin cobertura vegetal viva o muerta’.

Además, el decreto indica que no se aceptará la desprotección de áreas críticas que favorezcan la erosión, así como una inadecuada conducción del escurrimiento superficial, desagües en suelos desprotegidos y mal dimensionamiento de los desagües naturales.

El texto completo de la norma puede verse en el siguiente link:

http://www.presidencia.gub.uy/_web/decretos/2008/08/481_21%2008%202008_00001.PDF

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