Publicidad Cerrar X

La AFIP hará seguimientos a propietarios de inmuebles rurales

Los que hayan alquilado su inmueble rural tienen un plazo de 10 días, contados a partir de hoy, para empadronarse en el Registro de Operaciones Inmobiliarias. Una vez identificados, el organismo recaudador comenzará a cruzar datos para detectar incosistencias.

Los que hayan alquilado su inmueble rural tienen un plazo de 10 días, contados a partir de hoy, para empadronarse en el Registro de Operaciones Inmobiliarias. Una vez identificados, el organismo recaudador comenzará a cruzar datos para detectar incosistencias.
infocampo
Por Infocampo

Los propietarios de campos que hayan alquilado su inmueble rural en la presente campaña 2007/08 tienen un plazo de 10 días âcontados a partir de hoyâ para empadronarse en el Registro de Operaciones Inmobiliarias de la AFIP. Asi lo dispone la resolución 2262 de la AFIP publicada hoy en el Boletín Oficial.

El Registro de Operaciones Inmobiliarias âcreado en diciembre de 2006 por la resolución 2168 de la AFIPâ abarca a toda las âpersonas físicas, sucesiones indivisas y demás sujetosâ que en forma habitual realicen, por cuenta propia o de terceros, operaciones de compraventa o locación de inmuebles.

La resolución indica que el empadronamiento en el registro será obligatorio en casos en los cuales el alquiler o arrendamiento âpor cuenta propia y sin intervención de los sujetos que efectúen las operaciones de intermediaciónâ de bienes inmuebles cuya percepción o devengamiento âa favor de su propietario o condominioâ arroje rentas brutas por dichas operaciones que en su conjunto sumen un monto igual o superior a $ 8000 mensuales ó $ 96.000 anuales.

Tal monto comprende prácticamente todas las operaciones de arrendamientos agrícolas de la región pampeana, dado que incluso en zonas con aptitudes medias a regulares y valores de alquileres del 11-12 qq/ha de soja, basta una escala mínima de 150 hectéras para superar la cifra de $ 96.000 anuales.

âSe entiende por rentas provenientes de alquiler o arrendamiento de bienes inmuebles las incluidas en los artículos 41 y 49 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificacionesâ, especifica la resolución. Vale recordar que el artículo 41 es el que hace referencia a las ganancias de primera categoría proveniente de la renta del suelo.

Además, la norma indica que el listado de los sujetos empadronados será publicado en la página de la AFIP (www.afip.gov.ar).

Si bien la resolución 2262 de la AFIP abarca no sólo a propietarios rurales, sino también a inmobiliarias, dueños de inmuebles urbanos y constructoras, lo cierto es que, en buena medida, está orientada a identificar a todos los arrendadores agropecuarios para realizar un seguimiento de los mismos por medio del cruzamiento de datos.

En la Argentina, más del 50% de la superficie agrícola âsegún las estimaciones más conservadorasâ se produce en el marco de contratos de arrendamientos pactados en diferentes unidades de medida (quintales de soja o trigo por hectárea o bien directamente en dólares por hectárea).

Seguí leyendo:

Temas relacionados: