Así lo dispuso mediante la Resolución General 3508, publicada en el Boletín Oficial de hoy, ante el alerta rojo dispuesto por el gobierno neuquino por esa “situación de carácter extraordinario”.
En su Artículo 1°, la norma establece un plazo especial para la presentación de las declaraciones juradas y pago de las obligaciones impositivas y las correspondientes al Régimen de Trabajadores Autónomos y al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), de los sujetos con domicilio fiscal y actividad económica principal en los departamentos Norquín (el Huecú), Loncopué, Picunches (Las Lajas), Chos Malal y Minas (Andacollo).
La presentación de declaraciones juradas y, en su caso pago, de las obligaciones cuyos vencimientos operen en junio y julio de 2013, se considerará efectuada en término siempre que se efectivice hasta las fechas de vencimientos fijadas para los meses de octubre y noviembre de 2013.
Este beneficio no comprende a las cuotas de planes de facilidades de pago vigentes, aclara la norma.
Los contribuyentes que optaron por pago mediante Débito Directo en Cuenta Bancaria o Débito Automático en Tarjetas de Crédito podrán solicitar la suspensión del débito ante las respectivas instituciones de pago.
Además, suspende por 120 días corridos la emisión y gestión de intimaciones por falta de presentación y/o pago, la iniciación de juicios de ejecución fiscal, la ejecución de sentencias judiciales y el cómputo de los plazos procedimentales administrativos.