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Prorrogan la emergencia agropecuaria por sequía en el partido de General Lamadrid

La medida contempla la posibilidad de deducir del impuesto a las Ganancias el 100% del beneficio generado por las ventas forzosas de hacienda bovina, ovina o porcina.

La medida contempla la posibilidad de deducir del impuesto a las Ganancias el 100% del beneficio generado por las ventas forzosas de hacienda bovina, ovina o porcina.

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El gobierno nacional prorrogó del 1 de enero de 2010 y hasta el 30 de junio de 2010 el estado de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía en las explotaciones rurales del partido de General Lamadrid.

La medida, publicada hoy en el Boletín Oficial, determina que “a los efectos de poder acogerse alos beneficios que acuerda la Ley Nº 26.509, conforme con lo establecido por su Artículo 8º, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo”.

La resolución tambien indica que las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la Afip “arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en la presente resolución gocen de los beneficios previstos en los Artículos 22 y 23 de la Ley Nº 26.509”.

El artículo 23 de la Ley 26.509 (“Emergencia Agropecuaria”) contempla la posibilidad de deducir del impuesto a las Ganancias el 100% del beneficio generado por las ventas forzosas de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina.

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