Así lo dispuso a través de una resolución lanzada hoy en el Boletín Oficial. El cupo corresponde a pescado entero y fileteado, fresco, refrigerado o congelado.
El gobierno nacional estableció que diez especies de la actividad pesquera sólo se podrán exportar hasta completar los cupos que fije la Secretaría de Agricultura.
Para los sábalos estableció un cupo de 15.500 toneladas; para las tarariras y las bogas, de 775; para los patíes, 200; y para los bagres de río, 50 toneladas.
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