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Carne: se formaliza un nuevo registro y el Gobierno propondrá precios mínimos de referencia para exportar

Mediante estas nuevas decisiones se buscan "posibles desequilibrios de precios en el mercado interno", así como "transparentar las operaciones de venta al exterior".

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Por Infocampo

El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca comunicó, este martes, que las exportaciones de carnes y productos derivados deberán ser informadas e inscriptas a través de una Declaración Jurada de Exportaciones de Carnes (DJEC), en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA).

Los productos cárnicos a exportar alcanzados por la DJEC son la carne fresca, refrigerada o congelada de las especies bovina, porcina, ovina, caprina, equina y gallus domesticus.

Este registro, cita, tienen por objetivo evitar posibles desequilibrios en el mercado interno de la carne en condiciones de abastecimiento, precio y calidad. Así como también transparentar las operaciones de venta de carne al exterior, evitar subfacturaciones y triangulaciones con países vecinos.

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En línea con el mayor seguimiento que busca el Gobierno sobre la cadena comercial de la carne y sus derivados, el comunicado detalla que, mediante una Comisión Mixta de Seguimiento, integrada por la Secretaría de Comercio Interior, la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios y la AFIP, se relevarán y propondrán los precios mínimos de referencia para las exportaciones y se evaluará periódicamente la evolución de los mismos.

Además, una Comisión Fiscalizadora, de la que participará el Banco Central de la República Argentina (BCRA), evaluará -entre otras cosas- el correcto ingreso de divisas al país.

La autoridad de aplicación para el control de estas medidas, indica lo anunciado por el Ministerio, será la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario, que mantendrá un permanente intercambio de información con la Secretaría de Comercio.

El nuevo registro extenderá su vigencia mientras dure la emergencia pública en materia sanitaria declarada por el Covid-19.

La Dirección deberá determinar el procedimiento y el plazo de vigencia de la Declaración Jurada; también dictará las normas complementarias para una adecuada implementación de la medida y dictará las normas aclaratorias que sean necesarias. Además, se implementará un sistema informático para la puesta en funcionamiento de este sistema.

En este sentido, la Secretaría de Comercio Interior tendrá a su cargo confrontar la DJEC con las condiciones de abastecimiento del mercado interno, respecto al volumen, calidad de los cortes de carne y los subproductos.