La AFIP reglamentó cuántos trabajadores debe tener un consorcio, en función de la cantidad de unidades que lo integran. Desde las cinco unidades es obligatorio tener un empleado encuadrado en el Sindicato Unico de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH).
En las entidades que agrupan a los copropietarios afirman que se trata de una intromisión del Estado, porque debiera ser atribución del consorcio evaluar cuántos empleados necesita. Y advierten que la medida tendrá un fuerte impacto sobre las expensas, porque el 20% de los 35.000 consorcios porteños no tiene portero.
La resolución 3.634 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicada el miércoles en el Boletín Oficial, fija Indicadores Mínimos de Trabajadores para los consorcios, en función de cuántas unidades tienen. Según la norma, estos indicadores permiten “determinar de oficio la cantidad de trabajadores requeridos para desarrollar ciertas actividades y los aportes y contribuciones respectivos con destino al Sistema Unico de la Seguridad Social”.
Los consorcios de entre 5 y 15 unidades deben contar con un trabajador jornalizado, que cumpla 18 horas semanales. Los de 16 a 25 unidades, deben tener un trabajador, pero con 24 horas semanales. Los de entre 26 y 35, un trabajador de jornada completa con 45 horas semanales y los de entre 36 y 60 unidades, uno de jornada completa más otro de 24 horas semanales, según publicó Clarín.
Los de entre 61 y 100, deben contratar dos trabajadores con jornada completa; y a partir de las 101 unidades, dos trabajadores de jornada completa más otro con 24 horas semanales. La resolución también ordena que, si el consorcio tiene más de 21 cocheras, deberá contratar a un trabajador más de jornada completa. Y si el edificio tiene vigilancia, se adicionará otro empleado por turno con dicho servicio.
“Hay consorcios chicos en que los vecinos se turnan para limpiar o le pagan a una persona por hora y eso no se va a poder hacer más. Van a estar obligados a tener encargado. Esto va a afectar especialmente a un 20% de los consorcios que, sobre todo en el sur de la Ciudad, prescindieron del encargado con vivienda y alquilan la portería ”, evalúa Alicia Giménez, de la Unión de Consorcistas de la República Argentina (UCRA).
“Es una resolución positiva para el sector, que ratifica la obligación que ya plantea el contrato colectivo de trabajo –explica Víctor Santa María, titular del SUTERH–.
Se elimina la tercerización. Un edificio debe tener al menos un trabajador en blanco, porque alguien tiene que sacar la basura o baldear la vereda. Y si lo hace un vecino, está cumpliendo un trabajo y según el contrato colectivo, ningún trabajo se presume gratuito ”.