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Sanz creó una sociedad minera días antes de que Suárez consiguiera aprobar la Ley Minera

Ernesto Sanz, dos veces presidente del Comité Nacional de la Unión Cívica Radical, armó una sociedad llamada BERGBAU SAS que casualmente se dedica como objetivo principal a la MINERÍA-HIDROCARBUROS.

Ernesto Sanz y Rodolfo Suárez
infocampo

Las casualidades abundan en la Argentina. En este caso, los hechos vinculan al radical Ernesto Sanz quien armó una sociedad minera precisamente días antes se apruebe en la legislatura mendocina la modificación de la Ley 7.722, propuesta casualmente por otro radical, el gobernador de Mendoza Rodolfo Suárez.

Pero veamos primero como se sucedieron los hechos cronológicamente.

Mendocinos salieron a las calles a mediados de noviembre de este año para manifestar su rechazo a cualquier tipo de modificación que se le quiera hacer a la Ley 7722, que prohibía el uso de cianuro y ácido sulfúrico, y otras sustancias tóxicas, protegiendo el agua provincial. Los legisladores escucharon la manifestación popular y dejaron ahí el tema.

El 10 de diciembre asume como nuevo gobernador de Mendoza el radical Rodolfo Suárez, y en menos de 24 horas de estrenar función envía a la legislatura provincial un nuevo proyecto para modificar la Ley 7722.

no se toca 7722Ruralistas, activistas, ambientalistas, civiles, usuarios del agua en general, productores, y miles de mendocinos se unieron y salieron a las rutas, plazas, y calles para manifestarse en contra del proyecto. En cada ciudad de la provincia había una juntada que reclamaba en pancartas “LA 7722 NO SE TOCA”.

El 20 de diciembre, la cámara alta y baja de Mendoza se ponen de acuerdo y aprueban por unanimidad la Ley 9209, que modifica la 7722. Prácticamente todo Cambiemos, Radicales, y algunos integrantes del Justicialismo le dieron el voto positivo. Sólo algunos disidentes del PJ, del Frente de Izquierda y de Libres del Sur se opusieron a la modificación de la Ley.

El 23 de diciembre se convocan movilizaciones en toda la provincia de Mendoza para repudiar el hecho democrático legislativo y horas más tarde, el gobernador Suárez ordena a efectivos de infantería y de la policía provincial que repriman a los manifestantes.

Ayer por la tarde Suárez decide que suspenderá por tiempo indefinido la reglamentación de la Ley 9209, y explica que su labor principal como primer funcionario de Mendoza es preservar la paz en la sociedad, y que por ello llamará a todos los grupos, sindicatos, y distintos actores que se oponen a la nueva Ley, para poder debatir con argumentos.

De radical a radical

Pero… hay algo que falta en esa cronología. El día 5 de diciembre, es decir, seis días antes que Suárez presente en la legislatura provincial el proyecto para reformar la Ley 7722 y darle vía libre a la actividad minera, Ernesto Sanz, dos veces presidente del Comité Nacional de la Unión Cívica Radical, armó una sociedad llamada BERGBAU SAS que casualmente se dedica como objetivo principal a la MINERÍA-HIDROCARBUROS.

Publicado en el Boletín Oficial provincial, la nueva sociedad BERGBAU SAS tiene por socios a los argentinos y abogados: Meydac Marina Fernanda, nacida el 16 de agosto de 1993, estado civil soltera, con domicilio en San Rafael, Mendoza; Alcanoni Bernardo, nacido el 27 de marzo de 1989, estado civil soltero, con domicilio en San Rafael; y Sanz Ernesto Ricardo, nacido el 9 de diciembre de 1956, estado civil casado, con domicilio en San Rafael.

La publicación se completa de la siguiente manera: 

4) Domicilio: El domicilio de la sede social se ha fijado en calle Entre Ríos No 29, de la Ciudad de San Rafael, Mendoza.-

5) Objeto Social: (A) Minería-Hidrocarburos; (B) Comercial; (C) Industrial; (D) Importación – Exportación; (E) Mandataria; (F) Fiduciaria.-

6) Plazo de duración: noventa y nueve (99) años a contar de la inscripción del estatuto en el Registro Público.-

7) Monto del capital social: pesos cien mil ($ 100.000).

8) Órgano de administración: Administrador titular (Presidente): Bernardo Alcanoni quien ejercerá
sus funciones por tiempo indefinido.-

9) Órgano de fiscalización: La sociedad prescinde de sindicatura.

10) La representación legal: Estará a cargo del Presidente. Administrador titular.-

11) Fecha de cierre del ejercicio: 31 de octubre de cada año.-

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