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Avanza el ordenamiento territorial en Entre Ríos

Se está elabrando un anteproyecto para intentar armonizar las distintas iniciativas que existen en cada una de las provincias sobre ordenamiento territorial.

Se está elabrando un anteproyecto para intentar armonizar las distintas iniciativas que existen en cada una de las provincias sobre ordenamiento territorial.

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Con el intercambio y aporte de las provincias miembros del Consejo Federal de Planificación y Ordenamiento Territorial (Cofeplan), se está desarrollando en Entre Ríos un anteproyecto de ley nacional centrado en procurar la sustentabilidad del grado actual de desarrollo económico, equilibrar territorialmente sus impactos y promover la justicia social, a través de la regulación del suelo como recurso natural, económico, social, e incluyendo la localización y condicionamiento de las actividades antrópicas.

La ley considera al ordenamiento territorial como una función pública indelegable, que organiza el uso del territorio de acuerdo con el interés general, determinando facultades y deberes del derecho de propiedad del suelo conforme al destino de este. Se ejerce conforme lo establezca cada jurisdicción en base a las autonomías provinciales y municipales, en forma armónica con las disposiciones de las autoridades ambientales.

Se apunta a que la ley se interprete de forma armónica con los regímenes especiales ya existentes, armonizando las distintas iniciativas que existen en cada una de las provincias sobre ordenamiento territorial.

El ministro de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, Guillermo Federik, indicó que de esta forma se apunta a generar un marco “que permita establecer presupuestos mínimos para lograr una ordenación del territorio equilibrada que defina sus usos y actividades”.

Actualmente se encuentra en proceso de debate y difusión el proyecto para confluir en un proyecto amplio, plural, consensuado y participativo, que permita repensar la realidad territorial a largo plazo en nuestro país.

El objetivo es que la ley regule sobre las competencias de las entidades públicas y los principios rectores en relación al ordenamiento y desarrollo territorial. Asimismo, que establezca el marco orgánico rector, operativo y de control del ordenamiento territorial, definiendo su conformación y funciones; así como los instrumentos políticos, administrativos y técnicos operativos de aplicación obligatoria mínima para planificar, ejecutar, controlar y armonizar el proceso de ordenamiento territorial, en el marco institucional del proceso de ordenamiento territorial, a los fines del ordenamiento, ocupación, planificación y programación del uso, conservación y transformación del territorio así como las formas que adoptarán en su ejecución.

Esta iniciativa fue concebida desde el inicio como una ley marco, que no se oponga a la legislación provincial o locales preexistentes y que posibilite una referencia para las leyes que en su consecuencia puedan dictarse en el futuro.

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