La Corte Suprema dejó firme un fallo que ordena reponer en su puesto de trabajo a una empleada del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) que fue cesanteada en sus funciones en 2007 por cuestionar las mediciones oficiales del índice de precios al consumidor (IPC).
El máximo tribunal rechazó el último planteo formulado por el Estado y dispuso la reincorporación a sus plenas tareas de Marcela Almeida, quien se desempeñaba en el área de Coordinación del IPC. Almeida era, además, delegada gremial del personal del Indec.
Durante su paso por el organismo oficial, Almeida denunció la “supuesta manipulación de los datos” que difundía el Indec. Por esos cuestionamientos, según advirtió, recibió un “trato discriminatorio” y fue perseguida en su lugar de trabajo. Primero le bloquearon el acceso al sistema informático y luego le quitaron su computadora y le impidieron el ingreso a su oficina.
Por eso, Almeida reclamó ante la Justicia. El año pasado, la sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ratificó un fallo de primera instancia que pedía reincorporar a la demandada a su puesto laboral como empleada del Indec, dado que había sido víctima de fraude laboral, y ordenaba el pago de una multa de $40.000 por daño moral. Pero el Estado presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia.
En su sentencia dada a conocer hoy, el máximo tribunal desestimó la queja presentada por el Gobierno “por no cumplir con los requisitos reglamentarios y por falta de agravio federal suficiente” y dejó firme la sentencia de la cámara laboral, según consignó el Centro de Información Judicial (CIJ).

