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Considerarán granos dañados a los que presenten alteración de color, forma o textura

El Ministerio de Agroindustria dijo que no sedeberá castigar a granos que presenten "solamente manchas o alteraciones en la superficie conservando su parte interna inalterada".

infocampo

Sobre el final de la cosecha de soja, el Ministerio de Agroindustria de la Nación recordó que se considerará granos dañados a aquellos que presenten “alteración sustancial en su color, forma y/o textura normal interna y externa“.

De esta manera, hizo referencia a la clasificación de granos dañados detallada en el punto 4.4 de la Resolución N°151/2008, que aprueba las Normas de Calidad para la Comercialización de Soja y sustituye la Norma XVII de la Resolución N°1075/94.

En concreto, los granos dañados serán “aquellos granos o pedazos de granos de soja que presenten alteración sustancial en su color, forma y/o textura normal interna y externa, no debiéndose castigar como tales a aquellos granos que presenten solamente manchas o alteraciones en la superficie conservando su parte interna inalterada”, explicó la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios.

Para realizar el análisis, los operadores del mercado de granos deberán proceder a la toma de muestras de acuerdo a lo dispuesto por la Norma XXII, Anexos A y B, de la Resolución N°1075/94.

“Ante casos de disconformidad con el análisis obtenido, se reitera el derecho existente de quien entrega a poder recurrir al arbitraje de la Cámara respectiva, de acuerdo a lo establecido por las Reglas y Usos del Comercio de Granos de 2016″, aclaró la cartera.

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