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El gobierno modificó la resolución 543/08 de la Oncca

Se eliminó el requisito por medio del cual se otorgaban cupos de exportación a partir de la participación histórica de la firma exportadora

Se eliminó el requisito por medio del cual se otorgaban cupos de exportación a partir de la participación histórica de la firma exportadora
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Por Infocampo

El gobierno nacional modificó hoy la norma que regula la operatoria de comercio de exterior de granos y derivados: la famosa resolución 543/08 de la Oncca.

Por medio de la resolución 1174/09 de la Oncca, publicada hoy en el Boletín Oficial, se eliminó uno de los requisitos vigentes para liberar los denominados ‘ROE Verde’ (documentos necesarios para poder concretar un embarque de commodities agrícolas).

El ítem ahora eliminado establecía que para solicitar un ROE Verde la Oncca debía evaluar ‘la evolución de la participación histórica de la firma exportadora, parametrizando su participación porcentual mensual’.

Los demás requisitos para autorizar cupos siguen vigentes. Éstos son: a) la existencia de remanente exportable del producto que se trate; b) el cómputo del tonelaje a exportar, regulando autorizaciones que permitan la participación de todos los actores del mercado; y c) el cumplimiento del recaudo de acreditación de la adquisición o tenencia con facultad de usar o disponer del producto para quienes opten por el régimen general que determina un plazo de validez del ROE Verde de 45 días.

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