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Otra suba en los sueldos de los trabajadores rurales: cuáles son las escalas salariales hasta julio

La Comisión Nacional de Trabajo Agrario dio a conocer las nuevas escalas salariales para trabajadores rurales de prestación continua, que rigen desde el 1° de abril hasta el 31 de julio.

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Por Infocampo

El mes de mayo arrancó con un incremento del 7% en los salarios que cobran los trabajadores rurales, según quedó establecido a través de la resolución 109/2024 de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) publicada este jueves en el Boletín Oficial.

La medida, como es usual, fija las remuneraciones mínimas para el personal permanente de prestación continua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario.

Y en total, completa un 9% de incremento, ya que incluye un 2% para la base de cálculo que compensa diferencias inflacionarias de meses anteriores.

Estos nuevos valores, que se suman al incremento otorgado en abril, se aplican sobre los salarios desde el 1° de abril hasta el próximo 31 de julio.

De todos modos, la CNTA anticipa en el texto normativo que en mayo habrá una nueva reunión “a fin de analizar las posibles variaciones económicas acaecidas desde la entrada en vigencia de la presente Resolución que podrían haber afectado a las escalas salariales, y la necesidad de establecer ajustes sobre éstas”.

TRABAJADORES RURALES: LAS NUEVAS ESCALAS SALARIALES

Vale insistir en que estos son los sueldos mínimos para el personal permanente de prestación continua: en los próximos días, seguramente la CNTA comenzará a publicar –como es usual– los nuevos valores para actividades específicas de economías regionales que tienen sus propios acuerdos y condiciones.

“En las actividades agrarias cíclicas o estacionales, particulares y regionales que se desarrollan en las distintas jurisdicciones, se establecerán las remuneraciones mínimas respectivas atendiendo y tomando en consideración las características propias de cada tarea y las circunstancias socioeconómicas de la región y de la actividad específica objeto de tratamiento”, recuerda la resolución.

Por otro lado, se mantiene la obligación de que los empleadores descuenten a los trabajadores un 2% mensual, en concepto de cuota de solidaridad, que se deposita en la cuenta de la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE).

Los únicos que están exceptuados de pagar este aporte son los trabajadores que ya estén efectivamente afiliados a la UATRE.

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