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Amplían a treinta días el plazo para liquidar exportaciones

La medida publicada hoy en el Boletín Oficial rige para las posiciones que contaban con un límite de 15 días, según se había dispuesto a fines de abril.

infocampo

El Ministerio de Economía amplió a 30 días el plazo para el ingreso al sistema financiero de divisas provenientes de operaciones de exportación, para aquellas posiciones que contaban con un plazo de 15 días, según se había dispuesto a fines de abril.

La medida fue dispuesta mediante la resolución 231, firmada por el ministro Hernán Lorenzino y publicada en el Boletín Oficial.

En los considerandos de la resolución se justifica la adecuación del plazo por la “naturaleza y características especiales” de las operaciones involucradas.

El ministerio señala asimismo que se tuvieron en cuenta las solicitudes formuladas por el sector exportador, tras el dictado de la resolución 142, del 24 de abril pasado.

La resolución 231 amplía también de 15 a 30 días el plazo para liquidar divisas provenientes de operaciones de exportación entre empresas vinculadas.

La norma mantiene para el resto de las operaciones de exportación los plazos de 90 y 360 días corridos, según corresponda, como tope para liquidar divisas.

En tanto, mediante la resolución 230, también publicada en el Boletín Oficial de hoy, dispuso la instrumentación de la notificación a los exportadores por medios electrónicos, a los efectos de otorgarle certeza y agilidad.

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