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Gripe aviar: anuncian un nuevo beneficio para productores que tuvieron que sacrificar aves

La Secretaría de Agricultura y el Senasa dispusieron un pago de $ 2.500 por cada ejemplar sacrificado por gripe aviar, en el caso de aves de traspatio.

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Por Infocampo

Aunque Argentina ya se encuentra libre de gripe aviar en establecimientos comerciales avícolas –solo se han seguido reportando casos en lobos marinos–, los daños que dejó esta enfermedad que hizo su irrupción por primera vez este año siguen presentes.

Por eso, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, y el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) anunciaron un nuevo beneficio económico para productores de aves que tuvieron que sacrificarlas al sufrir brotes de influenza aviar.

A través de una resolución conjunta publicada este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno dispuso un pago de $ 2.500 por cada ejemplar sacrificado, pero aclaró que esto rige específicamente para quienes tienen las denominadas “aves de traspatio” y no para granjas comerciales.

NUEVO BENEFICIO POR LA GRIPE AVIAR

En rigor, los establecimientos que crían y/o engordan pollos o producen huevos de manera intensiva -en este caso se las denomina “aves de corral”– ya resultaron beneficiarios del Programa de Asistencia Económica por la Emergencia Sanitaria – Influenza Aviar H5 Y H7.

Pero tal plan no incluyó a los tenedores de aves de traspatio como posibles beneficiarios y desde el Gobierno interpretan dos aspectos fundamentales:

  1. Se trata de producciones “caseras”, que ofician como economía de subsistencia, por lo que el sacrificio de animales afecta gravemente la calidad de la propia alimentación de los tenedores/as, poniendo en riesgo la seguridad alimentaria.
  2. En muchos casos, este tipo de productores evitan alertar al Senasa si sufrieron brotes para no tener que sacrificar sus ejemplares, por lo que se interpreta que un programa de asistencia económica contribuirá a mejorar la eficacia de las medidas de policía sanitaria en relación a la disminución de la propagación del virus IA-H5 y H7, porque los productores ahora sí darán aviso si sufrieron problemas.

Por estos motivos, es que ahora Agricultura y el Senasa crearon el “Programa de Asistencia Económica por la Emergencia Sanitaria – Influenza Aviar H5 y H7 para Tenedores y Tenedoras de Aves de Traspatio”.

Y señalaron que su objetivo es “asistir a los tenedores/as de aves de traspatio cuyas existencias hayan sido disminuidas o eliminadas por la ejecución de medidas de control sanitario, mediante la asignación de una asistencia económica de carácter transitorio, con la finalidad de paliar los efectos materiales de la crisis sanitaria derivada de la propagación del Virus Influenza Aviar H5 y H7″.

REQUISITOS PARA RECIBIR EL BENEFICIO

Como se mencionó, el beneficio diseñado por el Estado es un pago único de $ 2.500 por cabeza de ave sacrificada.

Para ser beneficiario del programa, hay que cumplir los siguientes requisitos:

  • Encontrarse inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) del Senasa, en la “Actividad de Aves de Traspatio”.
  • Haber sido afectado/a por una medida de sacrificio de aves de traspatio en el marco de aplicación de las medidas sanitarias contempladas en el plan de contingencia establecido por Senasa.
  • No haber obstaculizado o impedido la labor de los agentes del Senasa en ninguna de las instancias del procedimiento de intervención de emergencia sanitaria, lo que deberá quedar plasmado en el acta de intervención realizada oportunamente.
  • Haber notificado de manera inmediata al Senasa ante la aparición de síntomas de Influenza Aviar (H5/H7), o haber sido considerado por el Senasa como vínculo epidemiológico de un brote, o bien, haber sido detectado durante la tarea de rastrillaje que realiza el Senasa en la zona de control sanitaria asociada a un brote.

En cuanto al procedimiento para solicitar el beneficio, se aclaró que “las oficinas del Senasa actuarán como dependencias de recepción de las solicitudes por parte de los tenedores/ras que se presentaren. A tales efectos, los agentes del referido Servicio Nacional deberán ingresar al sitio influenzaaviar.magyp.gob.ar para efectuar la carga de la solicitud de beneficio del solicitante, en la forma que la aplicación se lo requiera”.

Para que sea más clara la información, se incluyó un instructivo que se puede observar a continuación:

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