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La ANMAT prohibió la venta de algunos quesos, aceites, arroz, aceitunas y mermeladas

El organismo detectó irregularidades en varias marcas y resolvió quitarlas de circulación. Los detalles.

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Por Infocampo

A través de distintas resoluciones publicadas hoy en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en todo el país la comercialización de alimentos que no cumplían con las normas sanitarias y administrativas correspondientes.

En detalle, tras distintos estudios y controles, el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) resolvió quitar de circulación a los siguientes productos:

  1. Arroz Parboil Calidad 00000, Peso neto 5kg, marca S&P, RNE N° 025/080000604-3-7, lote: 33405 con fecha de vencimiento 28/04/18 y lote 33239 con fecha de vencimiento 13/04/018, por presentar “Pirimifosmetil: 0.18 mg/kg (LC0.04 mg/kg)”, “pequeñas estructuras oscuras en la superficie de una gran cantidad de granos de arroz” y “fructificaciones fúngicas”. 
  2. “Queso Cuartirolo”, marca: San Juan, razón social: Don Orlando SA, sito en zona rural, Coronel Fraga, Santa Fe, RNPA N°2147020 y RNEN°21106903, así como de todo alimento del RNE citado porque “no cumple la legislación alimentaria vigente” y por ser un alimento “falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”.
  3. “Mermelada de cereza”, marca: Arte de Finca, RNPA N°025-13032986, elaborado por Thesaurus de Beatriz Elisa Albera, RNEN°13005662, así como de todo producto del RNE citado, por “carecer de autorización de producto al consignar en el rótulo un número de registro inexistente, resultando ser un alimento falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”.
  4. “Aceitunas verdes en salmuera calidad III grupo E”, marca: Mirizio, fecha de envasado: febrero 2017, fecha de vencimiento: consumir antes de los dos años, lote N°703, elaborado por Aimocons SACIF, RNE N°12000005, domicilio: Expectación de Ávila s/n, Aimogasta, La Rioja, de cualquier presentación y/o lote del producto, así como de todo producto del RNE citado, por “declarar en forma incompleta e incorrecta la información nutricional” y por “no declarar las unidades en gramos de peso neto y escurrido, las temperaturas máximas y mínimas de conservación y fecha de vencimiento con mes y año”.
  5. “Aceite de Oliva”, marca: Monte Oliva, envasado en noviembre de 2016, RNPA N°18004542, elaborado y envasado por Los Rincones, San Juan, RNE N°18000996, porque “no cumple la legislación alimentaria vigente”.
  6. “Gotitas de Chocolate”, La Virreyna, fraccionado por: Productos La Virreyna, RPP N°21-017047, RPE N°:21-060621, RNPA N°27-21-107168, Ruta 1 KM 3 ½ Colastiné Norte, Santa Fé, Ind. Arg., por “no cumplir con la legislación alimentaria vigente”.