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Medida de la AFIP: simplifican el sistema de reintegros de IVA a exportadores

El organismo fiscal publicó una resolución que beneficia a numerosas empresas agropecuarias argentinas que comercializan sus productos en el exterior.

Exportaciones a Brasil
infocampo
Por Infocampo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó este lunes en el Boletín Oficial la Resolución General N° 5173/2022 que simplifica trámites y optimiza controles en el sistema de reintegro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a exportadores.

La normativa tiene gran relevancia en el sector agropecuario, teniendo en que cuenta que la mayoría de las empresas argentinas que comercializan productos al exterior provienen del mundo de los alimentos.

La devolución de los saldos técnicos de IVA, además, constituye una de las quejas constantes del sector, debido a que suelen tardar muchísimo tiempo y constituyen un costo financiero que asumen las empresas.

“La normativa facilita la tramitación de las solicitudes de acreditación, transferencia y/o devolución del beneficio fiscal. Asimismo las modificaciones introducidas mejoran la capacidad de coordinación y control entre los distintos organismos del sector público nacional en materia de ingreso y liquidación de las divisas que dan lugar a los beneficios tributarios”, informó la AFIP en un comunicado.

En concreto, esta medida del organismo recaudador lo que hace es unificar en el Sistema Integral de Recupero (SIR) los distintos regímenes de devolución de gravámenes.

“La habilitación del SIR permite mejorar la dinámica de cobro de los créditos fiscales, simplificar los procedimientos para formalizar las solicitudes y optimizar controles sistémicos. La herramienta entrará en vigencia el 1° de julio”, precisó la AFIP.

Trámites más simples

La dependencia fiscal también repasó que la puesta en marcha del SIR complementa los cambios implementados sobre los mecanismos de reintegro en marzo de 2021.

En aquel entonces, el organismo dispuso que los sujetos que solicitan reintegros de IVA por exportaciones deben presentar, entre otros, la documentación requerida por el Régimen de Información de Planificaciones Fiscales y cumplir además con las obligaciones dispuestas por el Banco Central en materia de ingreso y liquidación de las divisas.


Ahora, la instrumentación del SIR se realizará en etapas y reemplazará a la normativa vigente de forma plena a partir del 1° de julio.

La resolución prevé que entre abril y junio la AFIP recibirá observaciones y sugerencias que surjan de la interacción con el sistema al generar borrador de solicitudes, y aquellas puedan acercar los consejos profesionales, federación de consejos y cámaras empresarias.