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Plan Nacional de Control de Brucelosis Bovina: el Senasa trabaja modificaciones a la norma

Es necesario mantener el compromiso de la lucha contra esta enfermedad que es zoonótica y que afecta de manera directa y negativa los índices productivos de nuestros rodeos.

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Por Ximena
Melón

Directora nacional de Sanidad Animal del Senasa

El plan sanitario oficial para el control y la erradicación de brucelosis bovina se mantiene vigente, y con ello, es necesario mantener el compromiso de la lucha contra esta enfermedad que es zoonótica y que afecta de manera directa y negativa los índices productivos de nuestros rodeos.

Además, hoy en día es ineludible por los compromisos asumidos con China para seguir siendo un país competitivo en este mercado que es nuestro principal comprador de carne bovina.

Como su nombre lo indica, la Determinación Obligatoria de Estatus Sanitario (DOES) sigue siendo obligatoria en todos los campos con ganadería bovina del país donde se realiza reproducción.

Por ello, tras un contexto complicado y para sostener el plan y los esfuerzos que muchos productores ya han hecho, las actualizaciones que se discuten en la actual consulta pública vigente son las siguientes:

  • Los tambos y cabañas deben realizar la DOES tal y como hasta ahora a través de la serología a todos sus animales (DOES TOTAL) y obtener la certificación de LIBRE, sin cambios respecto a lo establecido en la resolución vigente. Esta condición de LIBRE se debe recertificar cada año haciendo pruebas a una muestra representativa de sus animales según la tabla que hoy figura en la Resolución 67 o bien a través de Pruebas de Anillo de Leche (PAL) cada 90 días. A los establecimientos LIBRES no se les exigirá la serología previa para mover a sus animales.

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  • Los establecimientos de cría y ciclo completo también deben realizar la DOES, en este caso con dos alternativas para hacerlo. Por un lado, pueden seguir haciendo la serología a la totalidad de sus animales (DOES TOTAL) y obtener la certificación de libre. Igual que los tambos y cabañas, a estos establecimientos por ser libres no se les exigirá la serología previa para mover a sus animales y deberán recertificarse anualmente; ahora sí, solo haciendo pruebas a una muestra representativa de sus animales según la tabla que hoy figura en la Resolución 67. Por otro lado, y siempre para cumplir con la DOES pero aportando una metodología más accesible en este corto plazo que plantea mantener el mercado de China, los establecimientos de cría y de ciclo completo pueden optar por hacer la DOES por muestreo, lo que significa que hacen pruebas diagnósticas a algunos animales del rodeo que conforman una muestra representativa calculada estadísticamente. Si todos los resultados son negativos, entonces ese establecimiento será un establecimiento negativo y sostendrá esta condición, realizando pruebas diagnósticas previo al movimiento de animales con aptitud reproductiva que se destinen a establecimientos donde se realiza cría y/ o reproducción bovina.

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Como ya está previsto en la norma vigente (Resolución 67/2019) y en conocimiento de los mercados de exportación, entre ellos China, los establecimientos que puedan enviar animales a ese destino deberán cumplir con la exigencia de no haber registrado casos de brucelosis bovina en los últimos 12 meses, lo que se garantiza a través de la DOES TOTAL, y desde ahora también por DOES MUESTREO.

También atendiendo a las limitantes y demoras generadas en la pandemia, resulta oportuno extender solo unos meses el período para dar cumplimiento a la DOES hasta el 31 de julio de 2021, lo que permitirá que las tareas sanitarias de muestreo puedan hacerse durante la primera campaña de vacunación 2021 o aprovechando otros encierres del otoño.

En el caso particular de pequeños productores con pocos animales, para quienes las tareas de control y erradicación de brucelosis son también muy importantes, especialmente por ser una zoonosis pero también como proveedores de mercados internacionales, es importante convocar a los gobiernos provinciales y a los distintos integrantes de la cadena cárnica bovina para establecer mecanismos colaborativos y alcanzar el logro de los objetivos planteados.

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Con una mirada realista y para dar esa oportunidad de cumplimiento, el plazo sugerido en establecimientos de hasta 300 animales se propone extenderlo hasta el 30 de noviembre de 2021.

El proyecto de actualización de la norma está en consulta pública en https://www.argentina.gob.ar/senasa/consulta-publica/consultas-abiertas

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